Archivo de Mayo 2008
2.2 Los argumentos de los 47 senadores
Publicado por lfrtv en Mayo 16, 2008
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2.3 Discusión y resolución de los ministros
Publicado por lfrtv en Mayo 16, 2008
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3.4 Aportaciones del Grupo Plural (160508-9:31E)
Publicado por lfrtv en Mayo 16, 2008
-Concesiones
El Grupo Plural de senadores que trabaja en las adecuaciones a las leyes de medios propone eliminar la figura de permisionario de la Ley Federal de Radio y Televisión.
En el documento final del Grupo Plural del Senado de la República, los legisladores recomienda acabar con el régimen actual de permisos y concesiones, con el que operan las estaciones de radio y los canales de televisión en México.
Para sustituirlo proponen en primer lugar: crear "una figura única de concesión", lo que implicaría darle concesiones a los actuales permisionarios.
En segundo lugar, la propuesta consiste en otorgar “concesiones con un tope de comercialización para los medios del Estado”, toda vez que actualmente la ley se los prohíbe.
Los legisladores que conforman el Grupo Plural, creado a raíz de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concluyeron que el régimen actual para operar un canal de televisión o una estación de radio “crea una situación de capitis diminutio en los permisionarios, es decir, de derechos restringidos al no poder explotar plenamente y de manera equitativa este servicio”.
Además, advierten que “la creación de un régimen especial de permisos atenta contra el principio de igualdad que la Constitución protege”.
Pues, agregan, “con la figura de permiso, la autoridad discrimina, restringe y acota el pleno desarrollo de los medios de radiodifusión oficiales, culturales y educativos; evita la competencia e inhibe la pluralidad”.
Por otra parte, estiman que “es una contradicción que el Estado”, siendo el propietario del territorio y del dominio de los bienes de la nación y de la facultad para concesionar su uso, así como para crear un régimen de servicio público de radiodifusión, se limité en su explotación, cuando lo hace a través de alguno de sus órganos.
Por eso, proponen establecer a la figura de concesión como la única de acceso al servicio de la radiodifusión.
“Los derechos otorgados por esta figura, serán los mismos para todos los concesionarios, independientemente de su fin social. Los titulares de este privilegio administrativo podrán realizar actos de comercio”, se lee en el documento redactado por la Secretaria Técnica del Grupo Plural.
Para el caso de los medios de comunicación del Estado acotan que serán “concesiones sin fines de lucro, toda vez que “los recursos que perciban no podrán constituir un lucro y deberá ser reinvertido en la prestación del servicio público de radiodifusión”.
De acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal de la Radio y Televisión corresponde al Ejecutivo federal, a través de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, determinar la naturaleza y propósito de las estaciones de radio y televisión.
Por eso, a las estaciones comerciales se les da concesión y las de otra naturaleza, por ejemplo: oficiales, culturales, de experimentación, escuelas radiofónicas obtienen sólo un permiso.
Sin embargo, la resolución de la Corte en la materia dejó en claro que el Estado, al regular el uso de un bien público, “debe garantizar la igualdad de oportunidades para su acceso”.
Por lo que, las iniciativas de reforma que se desprendan de las sugerencias del Grupo Plural tendrán que tomar en cuenta los criterios que fijó el máximo tribunal de justicia del país.
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3.3 Actores e intereses
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3.2 Sus objetivos
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3.1 Creación del Grupo Plural
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III El Grupo Plural en el Senado
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2.3 Artículos declarados inconstitucionales y sus implicaciones
Publicado por lfrtv en Mayo 16, 2008
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2.3 Discusión y resolución de los ministros
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2.1 El recurso de inconstitucionalidad
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